Área de práctica · Peticiones familiares

Peticiones familiares: quién puede pedir por quién, y cuánto tarda

Marcelo Barros da Cunha

Ciudadanos estadounidenses, nacionales estadounidenses y residentes permanentes pueden pedir por ciertos parientes, mediante el formulario I-130. Lo que esa petición hace es reconocer la relación de familia y abrir la fila. No da estatus a nadie y no autoriza la entrada. La distancia entre reconocer la relación y obtener la green card es lo que esta página intenta volver previsible para usted.

La relación debe existir en la fecha de la solicitud y seguir existiendo hasta la decisión. Eso parece obvio y no lo es: matrimonios que se deshacen, hijos que cumplen 21 años e hijos que se casan cambian la categoría, y a veces acaban con ella.

Quién puede pedir por quién

Quién presenta la solicitud Parientes alcanzados
Ciudadano estadounidense Cónyuge; hijo soltero menor de 21 años; padre o madre, si quien pide tiene al menos 21 años; hijo soltero de 21 años o más; hijo casado de cualquier edad; y hermano o hermana, si quien pide tiene al menos 21 años.
Residente permanente, y nacional estadounidense no ciudadano Cónyuge; hijo soltero menor de 21 años; e hijo soltero de 21 años o más.
LA DIFERENCIA QUE GOBIERNA TODO: el cónyuge, ciertos hijos y los padres de un ciudadano estadounidense son parientes inmediatos, y para ellos no existe límite anual de visas. La visa siempre está disponible, y no se espera fila. Todas las demás relaciones caen en las categorías de preferencia, que están limitadas por año y por país de nacimiento, y ahí la espera puede ser de años. El residente permanente no tiene parientes inmediatos: incluso el cónyuge y el hijo pequeño entran en la segunda preferencia.
Preferencia Quién
Primera Hijos solteros de ciudadano estadounidense, de 21 años o más, que ya se calificaron como hijo menor. Soltero significa, por regla, no casado desde la solicitud hasta la entrada o la obtención de la green card, haya estado casado antes o no.
Segunda Cónyuge, hijo menor de 21 años e hijo soltero de 21 años o más de residente permanente.
Tercera Hijos casados de ciudadano estadounidense, de cualquier edad, que ya se calificaron como hijo menor. Estar casado se verifica por la ley del lugar donde se celebró el matrimonio.
Cuarta Hermanos de ciudadano estadounidense, bastando un padre o una madre en común. Quien pide debe tener al menos 21 años.

La vida ocurre mientras la solicitud espera

La naturalización de quien pidió, el matrimonio o el divorcio de quien fue pedido y la llegada a los 21 años son eventos que el manual del USCIS llama cambios relevantes de circunstancia. Producen uno de tres efectos: la conversión automática de la solicitud a otra categoría, sin nueva presentación; la negativa de la solicitud que todavía espera decisión; o la revocación automática de la solicitud ya aprobada.

LA CONVERSIÓN GUARDA SU FECHA EN LA FILA, Y NO SIEMPRE CONVIENE ACEPTARLA: usted mantiene la fecha original, y el cambio de categoría vale desde el día del evento. Pero no toda conversión mejora su posición. Como la espera de una categoría puede ser menor que la de otra, existe la posibilidad de rechazar la conversión automática. El ejemplo clásico es el hijo de residente permanente que, con la naturalización del padre o de la madre, pasaría a la primera preferencia, y prefiere quedarse en la segunda porque ahí la fila avanza más rápido. Es decisión de calendario, y se toma con el boletín de visas en la mano.

La revocación automática es lo que ocurre cuando el evento coloca a la persona en una relación para la cual no existe categoría. El ejemplo que da el propio manual del USCIS: hijo soltero de residente permanente que se casa después de la aprobación y antes de obtener la green card o iniciar el viaje. No existe categoría de hijo casado de residente permanente, y la solicitud cae.

Quién viaja junto, y quién no

En las categorías de preferencia, el cónyuge y los hijos de quien fue pedido pueden acompañarlo, o venir después, con la misma fecha en la fila, y no hace falta una solicitud separada para cada uno de ellos.

LA REGLA QUE MÁS SEPARA FAMILIAS: el pariente inmediato no lleva a nadie consigo. Los familiares de quien es pariente inmediato no pueden acompañarlo en esa condición. Solo inmigran si califican por cuenta propia, y para cada uno hace falta una solicitud separada. El ciudadano que pide por el cónyuge, por ejemplo, debe presentar otra solicitud por el hijo de ese cónyuge, en condición de padrastro o madrastra. Descubrir esto tarde es lo que hace que una familia llegue partida. Hay una excepción que vale conocer: el viudo o la viuda de ciudadano estadounidense puede llevar a los suyos consigo.

Resolver dentro del país, o en el consulado

Reconocida la relación y disponible la visa, quedan dos caminos hasta la green card. Quien está fuera de los Estados Unidos lo resuelve en el consulado. Quien está dentro puede pedir el cambio de su situación a residente permanente sin salir del país, y aquí la distinción entre pariente inmediato y preferencia vuelve a decidir el caso, ahora por otro motivo.

LA CONDICIÓN QUE POCA GENTE VERIFICA A TIEMPO: para resolverlo dentro del país por la vía común, hay que haber pasado por inspección y haber sido admitido, o haber sido liberado en la frontera bajo autorización especial. Quien entró sin inspección no tiene esa puerta. Además, la ley impide esta vía a quien trabajó sin autorización o dejó de mantener la situación regular. Y aquí está el punto: esas prohibiciones no alcanzan al pariente inmediato. El cónyuge, hijo o padre de ciudadano estadounidense que entró legalmente puede resolverlo dentro del país aun habiendo perdido la situación regular o trabajado sin autorización. Quien entró sin inspección puede todavía tener camino por una regla excepcional, el INA § 245(i), que exige análisis individual.

Una advertencia de viaje, porque el error es común y el precio es alto. Por regla, quien pide la green card dentro del país y sale de los Estados Unidos abandona la solicitud, salvo que haya obtenido antes la autorización de viaje del USCIS. No es la visa temporal la que sostiene la solicitud: es ese documento. Salir sin él, incluso para una emergencia familiar de pocos días, puede significar empezar de cero, ahora desde afuera.

La fila, y qué se puede hacer con ella

En las preferencias, su fecha en la fila es la de la presentación del formulario I-130. A partir de ahí valen las reglas generales de disponibilidad de visa, que tratamos en detalle en nuestra guía del boletín de visas: la visa debe estar disponible cuando usted presenta la solicitud de green card y también cuando se aprueba, y el cuadro que vale en la decisión final es siempre el de las fechas de acción final. En ciertos casos es posible usar el país de nacimiento del cónyuge o de uno de los padres, lo que puede acortar años de espera.

SOBRE LA REGLA QUE BLOQUEABA GREEN CARDS DE 75 PAÍSES, INCLUIDO BRASIL: fue anulada por decisión judicial el 21 de agosto de 2026, en el caso CLINIC v. Rubio, con efecto para todos. El 28 de agosto el gobierno informó en juicio que está cumpliendo, que la orientación anterior ya no se aplica, que se enviaron instrucciones a los consulados, incluso para revisar a quienes fueron rechazados solo por causa de ella, y que las entrevistas volvieron a agendarse. El cumplimiento todavía se cobra en juicio, con audiencia el 31 de agosto de 2026. Mantenemos un análisis actualizado de esto en el sitio, y es la lectura correcta para quien tuvo el trámite detenido.

Cuando el hijo cumple 21 años: la cuenta que puede salvar el caso

Dijimos arriba que el hijo que cumple 21 años convierte según el caso. Falta decir que existe una cuenta, y que puede salvar el caso. La ley manda determinar la edad no por la fecha del cumpleaños, sino por una resta: se toma la edad que el hijo tenía el día en que el número de visa quedó disponible y se descuenta el número de días en que la solicitud estuvo esperando decisión. El resultado es la edad que vale para la inmigración.

LA CONDICIÓN QUE ANULA LA CUENTA SI SE PIERDE: el cálculo solo se aplica si el hijo buscó la residencia permanente dentro de un año contado desde la fecha en que el número de visa quedó disponible. Perdido ese año, se pierde el beneficio, por más favorable que fuera la resta. Es un plazo que corre en silencio, sin aviso alguno, y por eso conviene seguir el boletín de visas mes a mes cuando hay un hijo cerca de los 21. Si, hecha la cuenta, la edad todavía resulta en 21 años o más, la solicitud convierte automáticamente a la categoría que corresponda y la fecha en la fila se preserva.

El compromiso financiero de quien pide

Casi todo caso familiar exige de quien pide una declaración de sostenimiento, y no es un formulario: es un contrato. Quien patrocina se obliga a mantener al inmigrante con renta anual no inferior al 125% de la línea federal de pobreza, acepta ser demandado en cualquier tribunal federal o estatal y asume una obligación exigible judicialmente.

La comparación con la línea de pobreza se hace por el tamaño de la familia de quien patrocina, sumados los dependientes y todos los extranjeros que esa persona ya patrocinó antes. Es la cuenta que más sorprende a quien patrocina al segundo pariente.

Matrimonio reciente, green card condicional

Si el matrimonio que fundamenta la green card tenía menos de veinticuatro meses el día en que se obtuvo la residencia, viene condicional, y lo mismo vale para el hijastro que inmigra por ese matrimonio. No es una green card menor: el período condicional cuenta normalmente para la naturalización. Pero tiene un vencimiento, y ese vencimiento es rígido.

LA VENTANA DE NOVENTA DÍAS ANTES DEL SEGUNDO ANIVERSARIO: para retirar la condición, los cónyuges deben presentar una petición conjunta en ese intervalo y asistir a la entrevista. Si no la presentan, o faltan a la entrevista sin justa causa, la residencia permanente termina en la fecha del segundo aniversario de la admisión. Y no hay aviso que salve el plazo: la ley dice de forma expresa que la falla del gobierno en notificar no aparta la regla. La presentación fuera de plazo puede aceptarse, pero solo si usted demuestra justa causa y circunstancias que expliquen la demora.

El matrimonio que termina no necesariamente cierra el caso. La ley dispensa la petición conjunta en tres situaciones, todas sujetas a decisión del gobierno: sufrimiento extremo si la persona fuera removida; matrimonio verdadero que se deshizo sin culpa suya; y matrimonio verdadero en el que ella o su hijo sufrió agresión o crueldad extrema del cónyuge o del padre ciudadano o residente. En esas situaciones se considera cualquier prueba creíble.

Dónde suelen fallar los casos

Base normativa

Contenido verificado el 22 de agosto de 2026 en el capítulo 2 de la parte B del volumen 6 y en los capítulos 3 y 6 de la parte A del volumen 7 del USCIS Policy Manual, con sus notas al pie, y en el 8 C.F.R. § 204.2 y en los 8 U.S.C. §§ 1153(h), 1183a y 1186a. Las páginas del manual declaran vigencia del 18 de agosto de 2026. Los requisitos y la práctica de adjudicación pueden cambiar por norma o por actualización del Policy Manual, y las filas cambian con cada Visa Bulletin.

Contenido informativo, de carácter general, que no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Las normas migratorias cambian con frecuencia y pueden ser suspendidas por decisión judicial. Antes de actuar, confirme la vigencia de la norma y consulte a un abogado sobre su caso.

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