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Marcelo Barros da Cunha

La inmigración estadounidense cambia cada semana: una regla nueva, una decisión judicial, un plazo que se abre o se cierra. El Radar sigue esos cambios directo en la fuente oficial y los registra en notas breves, para que usted sepa qué cambió antes de decidir su próximo paso.

2 de septiembre de 2026 Ciudadanía por nacimiento

La justicia suspende, para un grupo definido de niños, la orden ejecutiva de agosto sobre ciudadanía por nacimiento

El 6 de agosto de 2026, el presidente firmó la Orden Ejecutiva 14418, publicada en el Federal Register el 11 de agosto bajo el número 91 FR 51991. Enumera situaciones en las que, según su texto, el hijo de extranjeros nacido en suelo estadounidense no estaría alcanzado por la ciudadanía por nacimiento, y determina que ningún órgano federal emita ni acepte documentos que reconozcan esa ciudadanía en esos casos.

El 2 de septiembre, una jueza federal en Maryland prohibió a los órganos federales aplicar esa orden contra un grupo ya definido en el proceso CASA, Inc. v. Trump: niños nacidos en los Estados Unidos después del 19 de febrero de 2025 cuya madre estaba en el país sin estatus o con presencia legal pero temporal, y cuyo padre no era ciudadano estadounidense ni residente permanente el día del nacimiento. La decisión se apoya en un fallo de la Corte Suprema de este año, que ya había reconocido la ciudadanía de esos niños.

La decisión es provisional, rige mientras el proceso avanza y todavía admite recurso. Alcanza solo a quien está dentro de aquel grupo, no impide que el gobierno publique la orientación de aplicación prevista en la propia orden y no decidió, en abstracto, si cada una de las hipótesis de la orden es constitucional. Quien tiene un hijo nacido en los Estados Unidos y dudas sobre su documentación debe verificar la situación caso por caso, en la fecha en que haya una decisión que tomar.

Fuente: CASA, Inc. v. Trump, Civ. No. DLB-25-201 (D. Md.), Memorandum Opinion y Order and Preliminary Injunction del 2 de septiembre de 2026, ECF 181 y 182; Orden Ejecutiva 14418, 91 FR 51991, del 11 de agosto de 2026 ↗

1 de septiembre de 2026 Visas de inmigrante

El gobierno estadounidense suspende la emisión de visas del sorteo, sin excepción y sin fecha para volver

El sorteo de visas es un programa anual de hasta 55 mil visas de inmigrante, abierto a personas de países con bajas tasas de inmigración hacia los Estados Unidos. La lista de países cambia cada año y consta en las instrucciones oficiales del programa. El 31 de agosto de 2026 el Departamento de Estado anunció que dejó de emitir esas visas. La propia página oficial dice que no hay excepción, y no informa fecha para retomar.

El proceso no se detuvo por completo, y esa distinción importa. Quien tiene entrevista programada la conserva: el solicitante puede entregar la documentación y comparecer, y los consulados siguen programando nuevas entrevistas. Lo que no ocurre es la emisión. Nadie recibe la visa al final del proceso mientras dure la pausa. Quien ya tiene visa válida no fue alcanzado, porque nada fue revocado a causa de esta orientación.

Para quien está en el programa de este año, el calendario es el problema. La elegibilidad del sorteo de 2026 termina el 30 de septiembre de 2026 y no fue prorrogada. Vale además registrar cómo se hizo el anuncio, porque la lección sirve para otros casos: en el mismo texto, el Departamento informa que cumplió una decisión judicial de agosto, que había derribado una pausa anterior, e instituye esta pausa nueva, por otro motivo. Ganar en la Justicia no garantiza, por sí solo, que la puerta quede abierta. Antes de comprar pasajes o deshacer compromisos en su país, confirme el estado de la regla en la fecha.

Fuente: Departamento de Estado, Diversity Visa Issuance Updated Guidance, página oficial actualizada el 31 de agosto de 2026 ↗

1 de septiembre de 2026 Programas federales e información

El Departamento de Justicia amplía el alcance del deber de los estados de informar al DHS a quienes sepan que están en situación irregular

Una ley federal de 1996, la PRWORA, condicionó el giro de fondos de dos programas de asistencia, el TANF y el SSI, a que el estado informe al gobierno federal el nombre y el domicilio de quien sepa que está en los Estados Unidos en situación irregular. Desde 1998 el propio gobierno federal entendía que ese deber recaía solo sobre el órgano estadual que administra aquellos programas.

El 1 de septiembre de 2026, el Office of Legal Counsel del Departamento de Justicia revocó aquel entendimiento. Pasa a regir que la palabra estado, en la ley, alcanza a todos los órganos del estado, y no solo al órgano de asistencia social. Según el comunicado del Departamento, los cincuenta estados, el Distrito de Columbia y territorios participan en ambos programas.

La ley no cambió: cambió la lectura que el Ejecutivo hace de ella. La opinión rige hacia el futuro, no permite reclamar fondos ya girados y depende de que los órganos federales actualicen los acuerdos de financiamiento y los procesos de cumplimiento. Tampoco altera quién tiene derecho a qué beneficio. Quien tiene un proceso en curso o dudas sobre su propia situación debe verificarla caso por caso, en la fecha en que haya una decisión que tomar.

Fuente: Office of Legal Counsel, Reconsidering State Reporting Requirements in Section 404 of the Personal Responsibility and Work Opportunity Reconciliation Act of 1996, 50 Op. O.L.C. __ (1 de septiembre de 2026); Departamento de Justicia, comunicado nº 26-1012, del 2 de septiembre de 2026 ↗

31 de agosto de 2026 Formularios

Cambió hoy el formulario del compromiso de sustento, y el modelo anterior ya no se acepta

El compromiso de sustento es el documento en el que un familiar, u otro patrocinador, asume ante el gobierno estadounidense la responsabilidad de sostener a quien está inmigrando. Es el Formulario I-864. Existe ahora un modelo nuevo, y solo ese se acepta. No hay período de transición, y lo que cuenta es la fecha del envío, no la fecha en que comenzó el caso.

Se puede verificar en pocos segundos. Al pie de cada página del formulario viene impresa la fecha del modelo. La que vale ahora es 08/24/26. Si el documento que ya está completado dice 10/17/24, debe rehacerse antes de ir al correo o al sistema.

Hay además una novedad que el patrocinador debe conocer antes de firmar. Al firmar el modelo nuevo, autoriza al gobierno a consultar su historial en las empresas estadounidenses de información crediticia. Mucha gente que vive en Estados Unidos mantiene ese registro bloqueado para consultas, por precaución contra el fraude. Con el registro bloqueado, el gobierno puede no obtener los datos que necesita para analizar el compromiso, y el caso se atrasa. Conviene verificarlo con el patrocinador antes del envío, y liberar la consulta si hay bloqueo.

Fuente: USCIS, página oficial del Formulario I-864, Affidavit of Support Under Section 213A of the INA, edición del 24/08/2026, con las alertas publicadas el 31/08/2026 ↗

31 de agosto de 2026 Visas de inmigrante

Entrevistas de visa de inmigrante reprogramadas en todo el mundo: lo que el propio gobierno dijo al juez

El 28 de agosto de 2026, en el proceso de Nueva York que derribó la regla de los 75 países, el Departamento de Estado presentó declaración jurada del responsable del sector consular. En ella está escrito que el Bureau of Consular Affairs está reprogramando entrevistas de visa de inmigrante, para dar tiempo de enviar orientación a los consulados y para acomodar procedimientos actualizados en el análisis de la regla de dependencia de beneficios públicos. Es la primera confirmación oficial de la reprogramación.

En la misma pieza, el gobierno describe esto como reprogramación temporal, hasta el 31 de agosto. El 30 de agosto, los demandantes respondieron diciendo que la reprogramación va más allá de agosto y presentaron casos de entrevistas de septiembre canceladas en consulados de varios países. El juzgado todavía no decidió quién tiene razón, y fijó audiencia para el 31 de agosto para tratar exactamente de eso.

Quien tiene entrevista de visa de inmigrante marcada debe verificar la fecha en la cuenta del consulado o en el sistema del National Visa Center antes de comprar pasaje, y guardar cualquier aviso de cancelación que reciba. Quien tuvo la solicitud rechazada por causa de la regla de los 75 países puede pedir al consulado la posición actual del proceso: la regla fue anulada el 21 de agosto y el gobierno declaró ante el tribunal que la trata como ya no vigente.

Fuente: Catholic Legal Immigration Network, Inc. v. Rubio, S.D.N.Y. 1:26-cv-00858-JAV: ECF 90, del 28/08/2026, 9 páginas; ECF 90-1, Declaration of John Armstrong, del 28/08/2026, 3 páginas; ECF 91, del 30/08/2026, 20 páginas ↗

31 de agosto de 2026 Visas y green card

Una jueza en California declara inconstitucional revocar una visa por causa de una opinión, y aun así su rutina de hoy no cambia

El 28 de agosto de 2026, la jueza federal Noël Wise, en California, decidió el caso Stanford Daily Publishing Corporation v. Rubio. Declaró que dos reglas de la ley de inmigración hieren la Constitución cuando se usan por causa de discurso protegido. La ley dice que nadie es deportable por creencias, declaraciones o asociaciones lícitas, pero abre una excepción: el Secretario de Estado puede declarar deportable a la persona de todos modos, si él mismo decide que la presencia de ella contraría un interés importante de política exterior. Es esa excepción la que cayó, junto con la regla que permite revocar una visa en cualquier momento, a criterio de él o del cónsul.

La decisión es una declaración, y no una orden. La jueza registró que la ley reserva a la Corte Suprema el poder de prohibir la aplicación de la regla de deportación, y por eso negó ese pedido. Vale como decisión de un juzgado federal de primera instancia, y cabe recurso. Ningún consulado, ningún aeropuerto y ninguna oficina de USCIS cambió de procedimiento por causa de ella.

En la práctica, esto: quien tiene visa o green card sigue teniendo sus redes sociales consultadas en las solicitudes de visa y en las revisiones de estatus, y siguen intactas las demás causas de remoción de la ley, incluidas las ligadas a terrorismo y a seguridad nacional. La decisión es buena noticia para el debate constitucional; no es autorización para nadie. Antes de publicar cualquier cosa que pueda leerse como apoyo a una organización o a la violencia, converse con su abogado.

Fuente: Stanford Daily Publishing Corporation v. Rubio, N.D. Cal. 5:25-cv-06618-NW, Memorandum of Decision, ECF 108, del 28/08/2026, 90 páginas, y Judgment, ECF 109, de la misma fecha; 8 U.S.C. 1182(a)(3)(C)(iii), 1227(a)(4)(C), 1201(i) y 1252(f)(1) ↗

Análisis completo: ¿Una opinión publicada puede costarle la visa? →

29 de agosto de 2026 Visas de inmigrante

Otro juez decide contra la regla de los 75 países, pero esa decisión no alcanza al brasileño

El 28 de agosto de 2026, un juez federal en California, en el caso Medani v. Trump, decidió contra la regla que ordena a los consulados rechazar green cards a quien nació en uno de 75 países, creada por orientación del Departamento de Estado el 2 de febrero de 2026. La lista incluye a Brasil, pero la decisión no: protege solo a los seleccionados de 2026 en el sorteo de la green card, programa en el que Brasil no participa.

Para el brasileño, sigue valiendo la decisión de Nueva York, del 21 de agosto, en el caso CLINIC v. Rubio, que derribó esa misma regla para todas las personas alcanzadas por ella. El gobierno ya dijo ante el tribunal que está cumpliendo, y el juez fijó audiencia para el 31 de agosto para verificar si es verdad.

La decisión de Medani aun así dice algo útil: es el segundo tribunal, en puntos opuestos del país, en considerar ilegal rechazar una visa por la nacionalidad, sin mirar la situación de cada persona. Quien tuvo la solicitud rechazada o detenida por causa de esa regla debe acudir al consulado y preguntar en qué punto está el proceso.

Fuente: Medani v. Trump, N.D. Cal. 5:26-cv-06332-EJD, Order Granting in Part Motion for Class Certification; Granting in Part Motion for Preliminary Injunction, ECF 83, del 28/08/2026, 23 páginas ↗

28 de agosto de 2026 Visas de inmigrante

El gobierno dice que la regla de los 75 países terminó y que los consulados volvieron a programar entrevistas

El 28 de agosto de 2026, el gobierno estadounidense dijo al juez de Nueva York, en el caso CLINIC v. Rubio, que la regla que ordenaba rechazar green cards a quien nació en uno de 75 países, Brasil incluido, ya no vale, y que está cumpliendo la decisión que la derribó.

Por lo que el gobierno presentó, los consulados recibieron instrucciones nuevas, incluso para revisar a quien fue rechazado solo por causa de esa regla, y volvieron a programar entrevistas. La página oficial del Departamento de Estado que anunciaba la regla fue actualizada ese mismo 28 de agosto y pasó a decir, en la parte superior, que la pausa de enero ya no está en vigor.

Falta que el juez diga si acepta esa respuesta, y la audiencia es el 31 de agosto. Hasta entonces, quien tuvo la solicitud rechazada o la entrevista cancelada por causa de la regla debe acudir al consulado y preguntar en qué punto está su proceso.

Fuente: Catholic Legal Immigration Network, Inc. v. Rubio, S.D.N.Y. 1:26-cv-00858-JAV, Defendants' Submission Regarding Plaintiffs' Emergency Motion to Enforce and for Status Conference, ECF 90, del 28/08/2026; la declaración anexa (ECF 90-1) es un documento digitalizado y sus términos constan de la transcripción hecha en el escrito. Y Department of State, Immigrant Visa Processing Updates for Nationalities at High Risk of U.S. Public Benefits Reliance, página actualizada el 28/08/2026, consultada el 30/08/2026 ↗

27 de agosto de 2026 Visas de inmigrante

Otra decisión contra la regla de los 75 países, ahora con plazo de treinta días para el gobierno

El 25 de agosto de 2026, un juez federal en Washington, en el caso Storie v. Trump, ordenó al Departamento de Estado dejar de aplicar a las personas de aquel proceso la regla de los 75 países, creada por orientación del propio Departamento el 2 de febrero de 2026.

La orden fue más allá de mandar detenerla. Determinó devolver a cada una el lugar en la fila que la regla había quitado, y decidir en hasta treinta días las solicitudes rechazadas por causa de ella, emitiendo la visa a quien ya tendría derecho. El gobierno debe rendir cuentas hasta el 8 de septiembre.

Un punto de la decisión muestra el tamaño del problema. Por la propia orientación interna del gobierno, la regla solo se aplicaba cuando el consulado ya había concluido que no existía ningún otro motivo para rechazar la visa. Alcanzaba, por lo tanto, exactamente a quien sería aprobado. El proceso también reveló un documento interno que decía que la regla duraría "al menos noventa días", plazo vencido hacía mucho tiempo.

Atención al límite: esa decisión vale solo para quien entró en aquel proceso. Quien no entró depende de la decisión de Nueva York, del 21 de agosto, en CLINIC v. Rubio, que derribó la regla para todas las personas alcanzadas por ella.

Fuente: Storie v. Trump, D.D.C. 1:26-cv-00567 (AHA), Memorandum Opinion and Order del 25/08/2026; y Sayani v. U.S. Dep't of State, N.D. Cal. 3:26-cv-02539-AGT, orden del 07/08/2026. PDF oficiales de govinfo, colección USCOURTS ↗

27 de agosto de 2026 Residencia permanente

Quien tiene green card y proceso penal abierto debe pensarlo dos veces antes de viajar

Usted tiene green card, viaja al exterior y vuelve. En migraciones del aeropuerto, el oficial puede tratarlo de dos maneras diferentes, y la elección lo cambia todo.

En regla, lo trata como residente, alguien que ya vive en el país. En ese caso, si el gobierno quiere quitarle la green card, es él quien tiene que probar que existe motivo. Pero la ley prevé situaciones en las que el oficial puede tratarlo como si estuviera pidiendo entrar por primera vez. Ahí la cuenta se invierte: pasa a ser usted quien tiene que probar que puede entrar.

Una de esas situaciones es haber cometido un delito de un tipo que la ley llama torpeza moral. El 23 de junio de 2026, al juzgar Blanche v. Lau, la Corte Suprema decidió que el oficial no necesita prueba fuerte de que el delito ocurrió para tratarlo de esa segunda manera. Basta menos de lo que se exigía antes.

En el caso juzgado, la persona fue detenida por causa de una acusación que todavía ni había ido a juicio. La confesión llegó un año después, y sirvió para confirmar que el delito ya existía cuando volvió de viaje.

Para quien viaja sin ningún historial penal, nada cambia. Para quien tiene acusación abierta, proceso en curso o condena antigua, aunque pequeña, vale conversar con un abogado antes de comprar el pasaje.

Fuente: Blanche v. Lau, No. 25-429, 609 U.S. ___ (2026), slip opinion del 23/06/2026, incluida la disidencia; sujeta a revisión formal antes de la publicación oficial ↗

Análisis completo: Green card y viaje al exterior →

26 de agosto de 2026 Visas de inmigrante

Cinco días después de caer la regla de los 75 países, quienes demandaron volvieron al juez diciendo que nada cambió

El 26 de agosto de 2026, cinco días después de que la Justicia derribara la regla que ordenaba rechazar green cards a quien nació en uno de 75 países, entre ellos Brasil, quienes habían demandado al gobierno en el caso CLINIC v. Rubio volvieron al juez para decir que nada había cambiado en la práctica.

Según el pedido, la página oficial de la regla seguía publicada sin ninguna alteración, y las personas continuaban recibiendo respuesta de que la regla todavía valía. Y, pocas horas después de la decisión, consulados en todo el mundo comenzaron a cancelar entrevistas de green card, lo que el gobierno atribuyó a una capacitación de oficiales.

El juez ordenó al gobierno responder hasta el 28 de agosto y fijó audiencia para el día 31. Mientras tanto, quien tiene proceso en curso no debe tratar como definitivo ni la regla ni su fin: lo mejor es preguntar al consulado cómo está su caso.

Fuente: Emergency Motion to Enforce y memorial, CLINIC v. Rubio, S.D.N.Y. 1:26-cv-00858, ECF 85 y 86, y orden del 26/08/2026, ECF 87 ↗

25 de agosto de 2026 Ciudadanía

Quien pide la ciudadanía estadounidense puede volver a recibir la visita de un investigador

Desde el 25 de agosto de 2026, el USCIS volvió a hacer investigaciones de vecindario a quien pide la ciudadanía estadounidense. La práctica está prevista en el artículo 335(a) de la ley de inmigración y estaba en desuso; el órgano la reactivó al cambiar el Policy Manual, que es el manual que siguen sus oficiales.

En la práctica, un investigador identificado como USCIS puede acudir a vecinos, arrendadores, jefes, colegas, socios y clientes para preguntar sobre su conducta, dónde vive usted, su reputación y sus vínculos con la comunidad. El período cubierto es de al menos cinco años antes de la solicitud, y puede ir más atrás, incluso fuera de los Estados Unidos.

Vale para todos, incluso para quien ya presentó la solicitud y está esperando. En regla, la investigación termina antes de la entrevista.

El USCIS puede dispensar la investigación, y hay algo que usted puede hacer para ayudar en esa decisión: enviar junto con el Form N-400 al menos dos cartas de referencia, de preferencia de ciudadanos estadounidenses que lo conozcan personalmente. Carta de pariente no cuenta, y dejar de presentarlas puede pesar en contra.

Si la investigación levanta alguna información capaz de derribar la solicitud, el USCIS tiene que avisarle y darle oportunidad de responder.

Fuente: USCIS, Policy Alert PA-2026-10 y Policy Manual, Vol. 12, Parte B, Caps. 2 y 3, vigentes al 25/08/2026, consultada el 26/08/2026 ↗

Guía completa: cómo prepararse →

24 de agosto de 2026 H-1B

El gobierno propone una tasa extra de US$ 103.265 por solicitud de visa H-1B, y todavía no vale

El Departamento de Seguridad Nacional propuso cobrar una tasa extra de US$ 103.265 por cada solicitud de visa H-1B que disputa el límite anual, incluidas las que se benefician de la reserva para quien tiene posgrado en los Estados Unidos. Se pagaría al presentar la solicitud y se sumaría a las tasas que ya existen.

Por el comunicado del USCIS, el dinero serviría para cubrir parte del costo federal de administrar el sistema de inmigración. La cuenta presentada es de cerca de US$ 8.800 millones por año, sobre las 85 mil solicitudes del límite anual.

Queda fuera quien no disputa ese límite, como las instituciones de educación superior, las organizaciones gubernamentales de investigación y ciertas organizaciones de investigación sin fines de lucro.

El punto más importante es este: por ahora es solo una propuesta, y no vale. Fue publicada en el Federal Register el 25 de agosto de 2026, bajo el número 91 FR 54817, y abre treinta días para comentarios del público. La empresa que contrata por H-1B y el trabajador en la fila hacen bien en acompañar, porque el texto final puede salir diferente.

Fuente: USCIS, DHS Proposes Additional H-1B Fee, 24/08/2026; NPRM en public inspection, doc. 2026-17324 ↗

Análisis completo: USD 103.265 por petición →

21 de agosto de 2026 Visas de inmigrante

La Justicia anula la regla que suspendía green cards de 75 países, entre ellos Brasil

El 21 de agosto de 2026, en el caso CLINIC v. Rubio, la jueza Jeannette A. Vargas, en Nueva York, anuló la regla del 21 de enero de 2026 que suspendía la emisión de green cards a quien nació en uno de 75 países, entre ellos Brasil.

La decisión señaló tres problemas. La regla discrimina por la nacionalidad a la hora de emitir la visa, lo que la ley federal prohíbe expresamente (8 U.S.C. § 1152(a)(1)(A)). Obliga al consulado a rechazar sin que exista motivo legal para ello, contra lo que exigen el 8 U.S.C. § 1201(g) y el 22 C.F.R. § 40.6. Y va más allá del poder que la ley da al Secretario de Estado.

La regla cayó por entero, y no solo para quien entró en aquel proceso. Los rechazos que se apoyaron solo en ella fueron anulados, y esos casos vuelven a nuevo examen. Quien fue rechazado por otro motivo sigue rechazado.

La jueza no suspendió los efectos de su propia decisión, y esta puede ser recurrida. El 24 de agosto, la página oficial del Departamento de Estado todavía mostraba la suspensión como si estuviera vigente.

Fuente: Opinion and Order, CLINIC v. Rubio, S.D.N.Y. 1:26-cv-00858, ECF 83, 21/08/2026, leída el 24/08/2026 ↗

11 de agosto de 2026 Visas B

Turismo de parto: el gobierno endurece y revisará visas ya concedidas

El 6 de agosto de 2026, el presidente firmó la Orden Ejecutiva 14419, publicada en el Federal Register bajo el número 91 FR 51993, para endurecer el combate al llamado turismo de parto: viajar a los Estados Unidos con el objetivo de que el hijo nazca allí y reciba la ciudadanía estadounidense.

La orden entrega a los Secretarios de Estado y de Seguridad Nacional el poder previsto en el artículo 215(a) de la ley de inmigración para negar y cancelar visas, impedir la entrada y remover del país a quien haga ese viaje o ayude a alguien a hacerlo.

La preocupación no es nueva. Desde 2020 el reglamento de los consulados ya manda presumir en contra de quien pide visa de turista con esa finalidad (22 C.F.R. § 41.31(b)(2)). Lo que cambia es el peso: el asunto subió al nivel presidencial y ganó estructura propia de fiscalización.

Hay un punto que interesa a quien ya tiene la visa en la mano. El 12 de agosto, el Departamento de Estado anunció que revisará visas ya concedidas.

Fuente: Federal Register, 91 FR 51993, y fact sheet del Departamento de Estado del 12/08/2026 ↗

5 de agosto de 2026 Public charge

Visa negada por riesgo de depender de ayuda pública: hay un camino nuevo, pero usted no puede pedirlo

El Departamento de Estado comenzó un programa piloto para quien tiene la green card negada en el consulado bajo el argumento de que la persona puede llegar a depender de ayuda pública en los Estados Unidos, situación que la ley llama public charge (artículo 212(a)(4)).

En esos casos, el oficial del consulado puede indicar a la persona para pedir al USCIS una especie de caución, el public charge bond, por el Form I-945. Si la caución es aprobada, la visa antes negada puede ser emitida.

Un detalle lo decide todo: usted no puede tomar la iniciativa. Quien elige quién entra en el programa es el oficial del consulado.

La página oficial que anunció el programa es del 5 de agosto de 2026 y remite al Policy Manual, el manual que siguen los oficiales del USCIS. Valores y países donde el piloto comienza circularon en la prensa, pero no están en la fuente oficial, y por eso no los repetimos aquí.

Fuente: Departamento de Estado, Public Charge Bonds for Immigrant Visa Applicants, actualizada el 05/08/2026 ↗

Análisis completo: Nuevas reglas de Public Charge →

17 de julio de 2026 F-1

El estudiante con visa F-1 deja de poder quedarse mientras dure el curso, y pasa a tener plazo fijo

Una regla publicada en el Federal Register bajo el número 91 FR 44976 termina con el llamado duration of status para las visas F-1, J-1 e I. Hoy, quien tiene esas visas puede permanecer en el país mientras dure el curso o el programa; por la regla nueva, pasa a recibir un plazo fijo de permanencia.

La fecha marcada para que el cambio entre en vigor es el 15 de septiembre de 2026.

La regla está siendo cuestionada en la Justicia, en Massachusetts, en el proceso Presidents' Alliance v. DHS (1:26-cv-13799). Hay pedido para suspenderla, todavía sin decisión, y audiencia fijada para el 3 de septiembre. Hasta el 24 de agosto ninguna suspensión había sido concedida, lo que significa que, por ahora, la fecha del 15 de septiembre sigue en pie.

Quien tiene visa de estudiante o de intercambio hace bien en anotar las dos fechas, porque cambian la planificación: 3 de septiembre, la audiencia, y 15 de septiembre, el día en que la regla pasa a valer si nada es decidido antes.

Fuente: Federal Register, 91 FR 44976 ↗

Análisis completo: Nuevas reglas de la visa F-1 →