Guía · Visa de estudiante

Estudiante F-1: a partir del 15 de septiembre, su plazo pasa a tener fecha marcada

Marcelo Barros da Cunha Publicado en agosto de 2026
En una frase: su plazo deja de estar ligado a la duración del curso y pasa a ser una fecha impresa en el I-94. Quien ya está en el país y está al día entra en una regla de transición, pero todos necesitan pasar a controlar esa fecha.

Cómo era hasta ahora

El I-94 es el registro de su entrada a los Estados Unidos, y es él, y no la visa en el pasaporte, el que dice hasta cuándo usted puede quedarse. Hasta ahora, el estudiante F-1 recibía en él la anotación D/S, de duration of status. No había fecha: usted podía quedarse mientras mantuviera el estatus, es decir, estudiando a tiempo completo, cumpliendo las reglas del programa y respetando el entrenamiento autorizado. La permanencia estaba ligada al programa registrado en el SEVIS, el sistema que acompaña a los estudiantes extranjeros.

Qué cambia

La regla nueva cambia el D/S por un plazo fijo. En la entrada, o en la aprobación de un cambio de estatus a F-1, el gobierno pasa a escribir en el I-94 una fecha final, la Admit Until Date.

Tema Antes, con D/S Después, con plazo fijo
I-94 Traía D/S, sin fecha final. Trae una fecha específica de término.
Plazo inicial Ligado al programa y a que usted mantuviera el estatus. Programa del I-20, limitado a cuatro años, más el período de salida.
El curso demora más El DSO actualizaba el I-20 y el SEVIS cuando podía. Además del I-20 actualizado, puede ser necesario pedir extensión al USCIS.
OPT y STEM OPT Entraban en el D/S cuando estaban autorizados. Exigen atención a la fecha del I-94 y, cuando corresponda, pedido de extensión junto con la documentación del entrenamiento.
Después de concluir 60 días para prepararse para salir. Para quien entre bajo la regla nueva, el plazo baja a 30 días.
Transferir o cambiar de curso Más flexibilidad, dentro de las reglas del SEVIS. Nuevos límites para transferir, cambiar de objetivo académico y empezar otro programa.
Perder el plazo La violación podía costar el estatus. Pasar de la fecha fija puede generar presencia ilegal y otras consecuencias, además de la pérdida del estatus.

Quien ya está en los Estados Unidos

El estudiante que esté con el estatus al día el 15 de septiembre de 2026 y haya sido admitido por D/S entra en una regla de transición. En general, podrá quedarse hasta la fecha más tardía entre:

La cuenta que realmente cambia: presencia ilegal

Este es el punto de mayor consecuencia, y el menos comentado. Para quien entró con D/S, la presencia ilegal no empieza a correr el día en que ocurre la violación. Empieza el día siguiente a aquel en que alguien reconoce la violación: el USCIS, al decidir una solicitud, o un juez de inmigración, en un proceso. Mientras nadie decide, el reloj no corre.

La importancia de esto está en lo que provoca la presencia ilegal: más de 180 días le impiden volver a los Estados Unidos por tres años, y más de un año, por diez. Un plazo fijo cambia esa lógica, porque pasa a existir una fecha en el I-94 a partir de la cual quedarse ya es indebido.

Hay una protección expresa que vale conocer: mientras una solicitud de prórroga hecha a tiempo esté pendiente, no corre presencia ilegal, incluso después de vencido el I-94. Usted queda en período de estadía autorizada y, si la solicitud es aprobada, se considera que mantuvo el estatus todo el tiempo.

Cómo pedir más tiempo

Si usted necesita quedarse más allá de la fecha autorizada, tendrá que presentar al USCIS el formulario de extensión, hoy el Form I-539, con tasa, pruebas y biometría, si se pide.

La trampa más cara de la regla nueva

Con la solicitud hecha a tiempo y todavía pendiente, usted puede seguir estudiando mientras el USCIS decide. Y el empleo en el campus, el CPT y el trabajo por dificultad económica grave siguen automáticamente por hasta 240 días contados desde el fin del período de admisión.

Pero si usted presenta la solicitud dentro de los 30 días posteriores al fin de los estudios o del entrenamiento, no hay prórroga automática ninguna: usted puede seguir estudiando, y todo el trabajo y todo el CPT se detienen hasta la aprobación. Entregar antes del fin del programa, y no después, lo cambia todo para quien trabaja.

Qué cambia en el OPT y en el STEM OPT

Los dos siguen existiendo, pero pasan a exigir que el I-20, la solicitud de permiso de trabajo y la extensión del plazo de permanencia anden juntos.

Cambiar de escuela o de curso

Su situación Nuevo límite
Por debajo del posgrado No puede transferirse ni cambiar de objetivo académico durante el primer año lectivo, salvo excepción autorizada por el SEVP por circunstancia extraordinaria.
Posgrado o superior No puede cambiar de objetivo académico durante el programa. Transferirse durante el programa depende de excepción del SEVP por circunstancia extraordinaria.
Nuevo programa después de concluir En general tiene que ser de nivel más alto. Si pasa de la fecha del I-94, será necesario pedir extensión.

Entre las circunstancias extraordinarias que la regla menciona están el cierre de la escuela y la imposibilidad prolongada de dar clases presenciales por desastre natural. Otras causas son analizadas por el SEVP, el programa del gobierno que supervisa las escuelas.

Los plazos para salir, que valen en los dos regímenes

Quien termina el curso y el entrenamiento autorizado gana un período para prepararse para salir del país o transferirse a otra escuela certificada. Durante ese período usted sigue en estatus, y puede incluso pedir cambio a otra categoría de visa o a residente. Es la ventana en la que mucho se resuelve.

Si usted pierde el estatus: la solicitud de reinstatement

Perder el estatus no cierra necesariamente su trayectoria en los Estados Unidos. Existe el reinstatement, que es la solicitud para restablecer la condición de F-1, hecha en el Form I-539 y acompañada de un I-20 con la recomendación del DSO de la escuela que usted frecuenta. Es camino estrecho, y la decisión es del USCIS.

La solicitud necesita demostrar todo esto al mismo tiempo: que fue presentada dentro de cinco meses de la pérdida del estatus, o que una circunstancia excepcional lo impidió y la solicitud llegó tan pronto como fue posible; que usted no tiene historial de violaciones repetidas o deliberadas; que cursa o cursará carga completa en futuro inmediato en la escuela que emitió el I-20; que no hubo trabajo no autorizado; y que no existe otro motivo para deportarlo además de la propia pérdida del estatus.

Además, hay que demostrar una de dos cosas: que la violación vino de circunstancia fuera de su control, o que tiene que ver con una reducción de carga horaria que el DSO podría haber autorizado, y que negar el restablecimiento le causaría dificultad extrema.

No confunda reinstatement con extensión de programa. La extensión es preventiva: quien no va a concluir el curso en la fecha del I-20 debe pedirla al DSO antes del fin del programa. Después del plazo, ya no es extensión, es reinstatement. Y aquí hay un detalle que decide casos: si el DSO solo registra la prórroga en el SEVIS después de vencida la fecha del I-20, el camino ya es el reinstatement, aunque el motivo fuera legítimo. Solicitudes de reinstatement y de prórroga entregadas juntas caen juntas, y ninguna de las tasas vuelve.

Viajar con solicitud pendiente

Salir de los Estados Unidos no lo hace abandonar automáticamente toda solicitud de extensión. Pero, si usted vuelve con un I-20 nuevo cuyo programa sobrepase el período autorizado antes, el USCIS puede considerar abandonada la extensión pendiente. La solicitud de permiso de trabajo, esa, nunca se da por abandonada por causa de viaje, y conviene viajar con copia del Form I-797C, que comprueba que usted entregó la solicitud.

Hay una trampa específica para quien consiguió cambio de estatus a F-1 dentro de los Estados Unidos antes del 15 de septiembre de 2026: al salir y volver después de esa fecha, su readmisión pasa a ser por el plazo del I-20, con techo de cuatro años, y usted pierde la protección de transición que iría hasta el 14 de noviembre de 2030. Y la solicitud de cambio de estatus, al contrario de la solicitud de prórroga, se considera abandonada si usted sale del país mientras está pendiente. Antes de viajar, revise I-94, visa, I-20, SEVIS y la estrategia de su solicitud.

La regla está siendo cuestionada en la Justicia

Un grupo de universidades y entidades pidió a la Justicia federal de Massachusetts que suspenda la regla, en el proceso Presidents' Alliance v. DHS (1:26-cv-13799). Hay audiencia fijada para el 3 de septiembre de 2026.

Situación al 29 de agosto de 2026: ninguna suspensión fue concedida, y por ahora la fecha del 15 de septiembre sigue en pie. El 27 de agosto el gobierno pidió responder solo hasta el 4 de septiembre, un día después de la audiencia, y ese pedido todavía no fue apreciado. Si es aceptado, restan once días entre la respuesta y la vigencia, y crece la posibilidad de que la regla entre en vigor sin que la Justicia haya decidido.

En la práctica, esto no cambia lo que usted debe hacer: planifique por la fecha del 15 de septiembre, porque es la que vale hoy. Una suspensión, si llega, solo ayuda a quien se preparó.

Lista de verificación para estudiantes F-1

Mitos y hechos

Mito Hecho
Mi visa vale cinco años, así que puedo quedarme cinco años. Quien manda en la permanencia es el I-94, y no la validez de la visa en el pasaporte.
Un I-20 nuevo extiende mi estatus solo. No, cuando la permanencia pase de la fecha del I-94. Puede ser necesaria aprobación del USCIS.
Todo estudiante pierde el estatus el 15/09/2026. No. Existe regla de transición para quien esté al día y haya sido admitido por D/S.
Puedo esperar a que venza el I-94 para pedir extensión. No. El USCIS necesita recibir la solicitud a tiempo. El atraso puede obligar al reinstatement y traer consecuencias graves.

En resumen

El cambio principal es simple y profundo: usted deja de depender solo de la duración del programa y pasa a tener una fecha fija de inmigración. Eso aumenta el peso de la planificación, del control del I-94 y de la conversación con el DSO. Quien ya es estudiante necesita descubrir si está en la regla de transición; quien va a empezar necesita planear extensiones, OPT, transferencias y viajes con anticipación.

Fuentes

Actualizado el 29 de agosto de 2026. La regla tiene vigencia marcada para el 15 de septiembre de 2026, está siendo cuestionada en la Justicia y puede ser alterada o suspendida. Confirme la situación antes de actuar.