Área de práctica · Gold Card

Gold Card: el programa por orden ejecutiva, con las fuentes sobre la mesa

Marcelo Barros da Cunha

La Gold Card nació de una orden ejecutiva, y no de una ley. La Executive Order 14351, del 19 de septiembre de 2025, ordenó al Departamento de Comercio crear un programa en el que una donación de un millón de dólares al propio Departamento, o de dos millones cuando la hace una empresa a favor de un empleado, pasa a tratarse como prueba de que la persona califica en las categorías de inmigración que ya existen.

Entender esa arquitectura es entender los límites del programa. Quien evalúa la Gold Card está evaluando, en el fondo, un camino de prueba para el EB-1 y el EB-2, con una capa nueva de procedimiento y una capa nueva de riesgo. No es una categoría nueva de visa, y la propia orden lo dice.

El diseño exacto de la orden

El texto es preciso en tres puntos que el material de divulgación suele confundir. El primero es la base de la donación: la autoridad general del Departamento de Comercio para recibir donaciones, y los recursos van a un fondo destinado a promover el comercio y la industria estadounidense.

El segundo es el efecto de la donación. Vale como prueba de habilidad extraordinaria en el EB-1, como prueba de habilidad excepcional en los negocios y de beneficio nacional en el EB-2, y como prueba para la dispensa por interés nacional. No se crea categoría nueva, y la orden somete la implementación, de forma expresa, a los límites numéricos de visas que la ley ya fija.

El tercero es lo que la propia orden declara: no crea derecho ni beneficio alguno exigible judicialmente. Existe además la previsión de que la empresa transfiera el beneficio a otro empleado designado por ella, con nueva verificación, y el estudio de una futura extensión al EB-5.

Cómo funciona el proceso hoy

La implementación corre por un portal oficial y por una petición propia, adjudicada por el USCIS. La secuencia publicada es esta: usted se inscribe en el portal y paga una tasa de procesamiento de quince mil dólares por persona, no reembolsable; completa la petición con los documentos; pasa por verificación de antecedentes; y solo después de aprobado en esa verificación se pide la donación. De ahí en adelante, se sigue por el EB-1 o por el EB-2, con entrevista en el consulado y las tasas propias del Departamento de Estado.

Cada dependiente, cónyuge o hijo, paga su propia tasa de quince mil dólares y su propia donación de un millón. Para el patrocinio hecho por empresa, el portal anuncia una tasa anual de mantenimiento del 1% y una tasa de transferencia del 5%. Conviene hacer esa cuenta con la familia entera antes de cualquier decisión, porque suele sorprender.

LO QUE LA DONACIÓN NO COMPRA: el programa no altera su posición en la fila ni la disponibilidad de visas, y el propio portal oficial admite esperas de un año o más para personas de algunos países. Quien espera que el pago acorte el calendario está leyendo mal el programa. Los números conocidos también son modestos: los avisos oficiales estimaron cerca de 1.600 solicitudes por año, y el gobierno informó en juicio, en junio de 2026, 483 inscripciones, de las cuales 80 llegaron a la petición.

La acción judicial, y dónde está

El programa es objeto de una acción en el tribunal federal del Distrito de Columbia, American Association of University Professors v. DHS, presentada en febrero de 2026 contra los Departamentos de Seguridad Interior, Comercio y Estado. La demanda articula siete fundamentos, entre ellos la violación de las categorías de visa creadas por ley, el desvío de la autoridad de donaciones de Comercio y la falta del proceso de consulta pública que la creación de una regla exigiría.

Hasta el 30 de agosto de 2026, según el seguimiento público del proceso: el gobierno pidió la extinción alegando que los demandantes no tendrían legitimación para accionar, sin atacar el fondo; no hay pedido de medida cautelar; no hay decisión alguna, ni provisional ni definitiva; y la respuesta del gobierno tiene plazo hasta el 1 de septiembre de 2026. Declaramos el límite de nuestra verificación: seguimos el registro público del proceso y fuentes especializadas, y no el sistema pago del tribunal.

EL ESTADO DEL PROGRAMA EXIGE CAUTELA, Y LO DECIMOS CON LAS FUENTES SOBRE LA MESA: todo el andamiaje de la Gold Card es una orden ejecutiva, un portal y un formulario, sin reglamento. Eso lo hace más fácil de alterar o revocar que cualquier categoría creada por ley. La orden declara que no crea derecho exigible, la tasa de quince mil dólares es expresamente no reembolsable, y el portal registra que el beneficio puede revocarse por razones de seguridad y que el titular pasa a pagar impuesto estadounidense sobre la renta que gana en todo el mundo.

La recomendación que hacemos a quien considera esta vía es simple. Trate el programa como jurídicamente inestable, decida con asesoramiento actualizado en la semana de la decisión, y nunca a partir de material de divulgación. Y compare antes con las vías comunes de EB-1 y de EB-2, que siguen existiendo sin donación alguna. Para mucha gente que nos busca interesada en la Gold Card, el camino más corto termina siendo justamente uno de ellos.

Base normativa

Contenido verificado el 24 de agosto de 2026. Redactado a partir de la Executive Order 14351, publicada en 90 FR 46031, de los avisos del Form I-140G en 91 FR 11559 y 91 FR 32074, y del contenido público del portal oficial del programa, leído en la misma fecha. El avance de la demanda judicial fue verificado en el registro público del proceso el 24/8/2026, con las piezas principales leídas en parte, lo que está declarado en el texto. El programa no tiene reglamento y puede cambiar por acto del Ejecutivo o por decisión judicial en cualquier momento: confirme el estado vigente antes de cualquier decisión.

Contenido informativo, de carácter general, que no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Las normas migratorias cambian con frecuencia y pueden ser suspendidas por decisión judicial. Antes de actuar, confirme la vigencia de la norma y consulte a un abogado sobre su caso.

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